Que impuestos gravan la compraventa de una vivienda en Empuriabrava

¿Qué impuestos gravan la compraventa de una vivienda?

Comprar o vender una vivienda implica pagar una serie de impuestos. Es así. Pero ambas partes (comprador y vendedor) no asumen los mismos. ¿Quieres saber qué impuestos gravan la compra y la venta de una casa o piso en Empuriabrava? Te lo resumimos fácilmente aqui.

Los impuestos que gravan la compraventa de una vivienda :

  • Impuestos que asume el comprador


Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Hay que diferenciar si la vivienda que se compra es nueva o de segunda mano. Se considera nueva cuando se adquiere directamente al promotor. Cuando se trata de una vivienda nueva, una casa o un piso nuevo en Empuriabrava o Rosas por ejemplo, la compraventa queda sujeta al pago del IVA. Asciende al 10% con carácter general o al 4% para viviendas sometidas a algún régimen de protección.


Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Si la vivienda que se compra no es nueva, el comprador dene pagar el ITP, pero no el IVA. El tipo impositivo varía en función de la comunidad autónoma, pero suele ser entre el 6% y el 10% (el 10% en Cataluña) sobre el precio de venta reflejado en la escritura pública de compraventa.


Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Este impuesto grava los documentos notariales, en este caso, la propia escritura de compraventa. Es un impuesto que compatible con el gravamen del IVA, por lo tanto, todas aquellas operaciones sujetas a IVA que se formalicen en documento notarial quedarán sujetas al AJD. Varía entre el 0,5% y el 1,5% (el 1,5% en Cataluña) del precio de venta, dependiendo de la comunidad autónoma. Tanto en el ITP como en el AJD, el comprador lo debe pagar en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la firma de la escritura de venta por el procedimiento de autoliquidación.

  • Impuestos que asume el vendedor

Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía municipal)

Es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos desde su adquisición hasta su transmisión, hasta un máximo de veinte años.

La obligación de pago del Impuesto de Plusvalía se origina cada vez que se transmite una vivienda y, en teoría, le corresponde pagarlo al vendedor, aunque las partes pueden acordar dividirlo o que lo pague el comprador. Es un impuesto de carácter municipal que depende de cada ayuntamiento y que se calcula sobre el valor catastral en el momento de la venta.


Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Cuando un contribuyente vende una casa o piso en Empuriabrava o Rosas debe tributar por la plusvalía lograda en el IRPF. La ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda en el año 2015, se debe declarar en el Impuesto de la Renta del correspondiente ejercicio fiscal, y se integrará en la base imponible del ahorro del IRPF.


Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal anual que grava la titularidad de la vivienda. El vendedor debe estar al corriente del pago de dicho impuesto antes de transmitir la vivienda. Se calcula sobre el valor catastral de la vivienda.

Síguenos Síguenos +34 972 453 913 info@bravahomestanding.com +34 688 344 833
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación así como para tareas de análisis. Al continuar navegando, entendemos que acepta el uso de cookies

¿Qué son las cookies?

Una cookie es un pequeño archivo que se almacena en el ordenador del usuario y nos permite reconocerlo. El conjunto de cookies nos ayuda a mejorar la calidad de nuestra web, permitiéndonos controlar qué páginas encuentran nuestros usuarios útiles y cuáles no.

Las cookies son esenciales para el funcionamiento de Internet, aportando innumerables ventajas en la prestación de servicios interactivos, facilitándonos la navegación y usabilidad de nuestra web. Tenga en cuenta que las cookies no pueden dañar su equipo y que, a cambio, si son activadas nos ayudan a identificar y resolver los errores.

¿Que tipo de cookies utiliza esta página web?

Cookies propias: son aquellas que se envían al equipo del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.

Cookies de terceros: son aquellas que se envían al equipo del usuario desde un equipo o dominio no gestionado por el editor sino por otra entidad que analiza los datos obtenidos.

Cookies persistentes: son un tipo de cookies en el que los datos siguen almacenados en el terminal y pueden ser accedidas y tratadas por el responsable de la cookie.

Cookies de analítica web: a través de la analítica web se obtiene información relativa al número de usuarios que acceden a la web, el número de páginas vistas, la frecuencia y repetición de las visitas, su duración, el navegador utilizado, el operador que presta el servicio, el idioma, el terminal que utiliza, o la ciudad en la que está asignada la dirección IP. Información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de esta web.

Aceptación del uso de cookies.

Asumimos que usted acepta el uso de cookies. Sin embargo, usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies de esta web o cualquier otra página a partir de la configuración de su navegador.

A continuación le mostramos las páginas de ayuda de los navegadores principales: